¿Cómo cobrar sus facturas impagadas? Guía práctica 2026

Si un cliente no le paga, tiene que reclamar por escrito, intentar un MASC y, si no hay acuerdo, demandar. Por el camino puede recuperar el IVA y, en muchos casos, reclamar la deuda al administrador de la sociedad deudora. Le explicamos cada paso.

¿Qué debe hacer cuando una factura vence sin pagar?

Compruebe primero que no hay un error y reclame por escrito ese mismo día. Use un medio que deje constancia del envío y del contenido. En un juicio, quien reclama tiene que probar la deuda, según el art. 217 LEC. Por eso cada correo, albarán y reclamación cuenta.

¿Es obligatorio el MASC antes de demandar?

Sí. Desde abril de 2025, antes de presentar una demanda civil o mercantil hay que intentar una negociación: el MASC (art. 5 de la Ley Orgánica 1/2025). Sin él, el juzgado no admite la demanda. Y no es un simple trámite: lo que reclame en el MASC es lo que podrá reclamar después en el juicio.

¿Qué juicio corresponde para reclamar una factura?

Depende de la cuantía y del documento que tenga:

  • Deudas de hasta 15.000 €: juicio verbal (art. 250 LEC).
  • Deudas de más de 15.000 €: juicio ordinario.
  • Pagarés, cheques o letras: juicio cambiario, que es más rápido y no exige MASC.

El monitorio sigue existiendo, pero tras el MASC suele ser la opción más lenta.

¿Puede recuperar el IVA de una factura impagada?

Sí, si cumple los requisitos y los plazos del art. 80 de la Ley del IVA. Debe emitir una factura rectificativa, enviarla al deudor y comunicarlo a Hacienda. Los plazos son cortos y, si se pasan, el derecho se pierde. La Agencia Tributaria explica los requisitos. Nuestra recomendación es demandar: acredita sin discusión su voluntad real de cobrar.

¿Puede reclamar la deuda al administrador si la empresa cierra?

En muchos casos, sí. Si la sociedad estaba en causa de disolución (por ejemplo, en quiebra técnica) y el administrador no actuó en dos meses, responde personalmente de las deudas posteriores (art. 367 LSC). La ley presume que su deuda es posterior; es el administrador quien debe probar lo contrario.

¿Cuándo prescribe una factura impagada?

Entre empresas, a los cinco años (art. 1964 del Código Civil). Cada reclamación fehaciente interrumpe el plazo, que vuelve a empezar.

¿Puede cobrar intereses y gastos de cobro?

Sí, en las operaciones entre empresas. La Ley 3/2004, de lucha contra la morosidad, le permite reclamar intereses de demora y una indemnización mínima de 40 € por los costes de cobro.

Las 100 preguntas, en nuestro libro

Esta guía resume lo esencial. Si quiere todas las respuestas (qué hacer si el deudor fallece, cómo reclamar a una empresa ya liquidada, qué pasa si el deudor entra en concurso o cómo proteger sus contratos), las encontrará en nuestro libro ¿Cómo cobrar tus facturas impagadas? La morosidad explicada en 100 preguntas, disponible en Amazon.

¿Le ayudamos a cobrar?

Estudiamos cada caso antes de aceptarlo. Primera consulta: 110 € (IVA incluido).

Teléfono 932 41 85 35 · WhatsApp 615 35 25 53 · administracion@gwabogados.es

Reclamación de facturas e impagados

Alba Novell Vera, abogada ICAB n.º 29.048. Actualizado en septiembre de 2026.

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