La boda de Cristiano Ronaldo y Georgina Rodríguez
¿Qué tiene que ver un pacto de socios con un pacto prematrimonial?¿Que nos enseña la boda de Critiano y Georgina?
El pasado 11 de agosto, Cristiano Ronaldo y Georgina Rodríguez se dieron el «sí, quiero» en una ceremonia civil e íntima en Cascais, rodeados solo de sus cinco hijos. Diez años de relación, dos hijos en común, tres más criados juntos, dos carreras profesionales brutales por separado —ella empresaria e influencer, él, bueno, él es Cristiano Ronaldo— y aun así, ambos han firmado un acuerdo prematrimonial antes de pasar por el altar. O por el juzgado, en este caso.
Entre foto de la boda y titular de la prensa rosa, me ha dado por pensar en algo que, como abogada, me toca la fibra profesional: si una pareja que se conoce de sobra, que ya convive, que tiene hijos y patrimonios propios consolidados, sigue viendo necesario pactar por escrito qué pasa si las cosas se tuercen… ¿por qué la inmensa mayoría de socios que montan una empresa juntos no hacen lo mismo?
El pacto de Cristiano y Georgina: separación de bienes con red de seguridad
Según ha ido trascendiendo en distintos medios estas últimas fechas, el matrimonio se habría acogido a un régimen de separación de bienes, formalizado ante notario, que blinda el patrimonio previo de cada uno —incluyendo, obviamente, la fortuna del futbolista— y deja fuera de la masa común lo que cada cual genere de forma individual durante el matrimonio. A cambio, el pacto incluiría cláusulas de protección para Georgina en caso de ruptura: una pensión mensual y la atribución de determinados inmuebles familiares. No hay confirmación oficial de las cifras exactas que circulan, así que las tomo con la prudencia habitual con la que hay que tratar cualquier filtración de papel cuché.
Lo interesante, jurídicamente hablando, no es el importe. Es la lógica: pactar en frío, antes de que exista ningún conflicto, cómo se van a repartir las cosas si algún día lo hay.
Otros pactos prenupciales que han dado que hablar
Y es que Cristiano y Georgina no son ni de lejos los primeros. El papel cuché lleva años documentando acuerdos prematrimoniales de lo más variopinto:
Beyoncé y Jay-Z: se especuló con una compensación de 10 millones de dólares si el matrimonio no llegaba a los dos años.
Priscilla Chan y Mark Zuckerberg: el fundador de Meta se habría comprometido por escrito a dedicarle 100 minutos semanales de tiempo en pareja y una cita romántica fuera de casa u oficina.
Kim Kardashian y Kanye West: el pacto impedía que Kris Jenner, madre de Kim, tomara decisiones sobre la carrera profesional de cualquiera de los dos.
(El País, «Los acuerdos prenupciales que Hollywood normalizó y España evita», 20 de octubre de 2025)
Un conflicto entre socios se evita con un buen pacto de socios
Ahora vayamos al terreno que a mí más me interesa: el empresarial. Porque aquí está la paradoja que me llevo dando vueltas toda la semana.
Cristiano y Georgina se conocen desde 2016. Han convivido, han criado hijos, han gestionado juntos una vida pública y privada compleja. Y aun con todo ese recorrido, han pactado por escrito. En cambio, la mayoría de socios que montan una empresa juntos:
Apenas se conocen, o se conocen de un ámbito que nada tiene que ver con gestionar un negocio (excompañeros de universidad, amigos de la infancia, contactos de LinkedIn).
No han trabajado nunca juntos bajo presión, con nóminas que pagar y decisiones que tomar en caliente.
No tienen ni idea de cómo va a reaccionar el entorno del otro socio: la pareja, la madre, el cuñado que opina de todo. Porque en cuanto las cosas empiezan a ir bien —o mal— aparece la suegra que tiene mucho que decir sobre la mujer del socio, o la madre que repite aquello de «mi niño vale mucho, sin ti esto no sería nada» o «tú eres el alma de esta empresa». Y ahí empieza el cortocircuito.
No es casualidad que, según los datos que maneja habitualmente CEPYME, solo la mitad de los negocios superen los tres primeros años de vida. Y mi experiencia después de casi treinta años ejerciendo lo confirma: las empresas que más probabilidades tienen de sobrevivir no son las que tienen la idea más brillante —ideas brillantes hay miles cada día—, sino las que gestionan bien la relación entre quienes las dirigen. Por eso las sociedades que más posibilidades tienen de éxito son las unipersonales o las que los socios ya se conocen de sobra —cónyuges, hermanos, padres e hijos— frente a las que se forman entre desconocidos que se han unido gracias a una buena idea sin haber hablado nunca de cómo van a repartirse el poder, el dinero o la salida el día que uno quiera irse.
Gestionar egos ajenos es de lo más difícil que existe en la vida empresarial. Y ahí es donde entramos los abogados: como quien dice, expertos en gestión de egos con base jurídica.
Cuando los socios se pelean: casos que lo confirman
No hace falta irse muy lejos para encontrar ejemplos de proyectos que se torcieron precisamente por no haber pactado nada a tiempo entre los socios:
Facebook: Mark Zuckerberg y Eduardo Saverin. Compañeros de Harvard y socios fundadores, Saverin puso el dinero inicial y una parte importante de los contactos que hicieron despegar el proyecto. Cuando la empresa empezó a crecer, una ampliación de capital diluyó su participación de forma drástica, lo que derivó en una demanda que acabó resolviéndose fuera de los tribunales en 2009, con Saverin reconocido como cofundador a cambio de un acuerdo de confidencialidad sobre las cifras. Un pacto de socios bien redactado desde el principio —con cláusulas claras sobre dilución y ampliaciones de capital— habría evitado buena parte del conflicto.
Fashion Café: Claudia Schiffer, Elle Macpherson, Christy Turlington y Naomi Campbell. Cuatro supermodelos que en 1995 se asociaron para montar una cadena de restaurantes temáticos. Ni la propuesta gastronómica convenció ni los inversores del proyecto se libraron de verse salpicados por un escándalo financiero, y la cadena cerró solo tres años después. Buen ejemplo de que juntar nombres célebres no sustituye a un plan de negocio ni a un pacto claro sobre quién decide qué.
The Kardashian Kard: Kourtney, Kim y Khloé Kardashian. Las tres hermanas lanzaron en 2010 una tarjeta de débito prepago con su imagen. Las comisiones resultaron tan desproporcionadas que el entonces fiscal general de Connecticut, Richard Blumenthal, alertó públicamente sobre ellas, y la tarjeta se retiró del mercado apenas unas semanas después de su lanzamiento. Aquí el problema no fue la falta de pacto entre las socias —eran hermanas—, sino la falta de un análisis jurídico y regulatorio serio antes de lanzar el producto: otra forma, distinta pero igual de real, de no hacer bien los deberes antes de firmar.
(Glamour.es, «15 famosos cuyos negocios fracasaron»; CNNMoney, «Kardashian Kard taken off the market», 29 de noviembre de 2010)
El pacto de socios: el "capítulo matrimonial" de la empresa
En derecho mercantil español, la herramienta equivalente a esas capitulaciones matrimoniales es el pacto de socios (o, cuando hay vínculo familiar de por medio, el protocolo familiar). Y su fundamento jurídico es exactamente el mismo principio que sustenta cualquier acuerdo prenupcial: la libertad de pactos del artículo 1255 del Código Civil, que permite a las partes establecer las cláusulas y condiciones que consideren oportunas siempre que no sean contrarias a la ley, la moral o el orden público. (Artículo 1255 CC: boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1889-4763)
El Tribunal Supremo lo ha confirmado en varias ocasiones, señalando que este tipo de pactos, al no estar integrados en los estatutos sociales, no están sujetos a los límites propios de las normas societarias —de ahí buena parte de su utilidad práctica— sino, precisamente, a los límites generales del artículo 1255 CC (STS 616/2012, de 23 de octubre).
Cuando hay empresa familiar de por medio, además, existe un instrumento específico: el protocolo familiar, regulado —en cuanto a su publicidad, que no en cuanto a su contenido, que sigue siendo libre— por el Real Decreto 171/2007, de 9 de febrero. (RD 171/2007: boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-5587)
Un buen pacto de socios o protocolo familiar puede regular, entre otras cosas:
Reparto de participaciones y condiciones de entrada de nuevos socios.
Cláusulas de salida (buy-sell, arrastre, acompañamiento).
Régimen de mayorías y bloqueos para decisiones clave.
Retribución de administradores y socios trabajadores.
Qué pasa si un socio se divorcia, fallece o quiere vender su parte a un tercero.
Confidencialidad y no competencia.
Es decir: exactamente el mismo ejercicio que hace una pareja cuando firma capítulos matrimoniales. Solo que en vez de proteger un patrimonio conyugal, se protege un proyecto empresarial. Y el mecanismo psicológico es idéntico al de cualquier pareja: el mejor momento para pactar es la fase de enamoramiento del proyecto, cuando todos están ilusionados, generosos y dispuestos a ceder. Cuando ya ha estallado el conflicto —y créanme, en mi despacho lo vemos cada semana— cada socio llega armado de razones propias, y entonces ya casi nunca hay acuerdo posible sin pasar por un juzgado o por una mediación mucho más costosa, en tiempo y en dinero, de lo que habría costado un pacto bien redactado al principio.
Y cuando el pacto ya no llega a tiempo y el conflicto entre socios está sobre la mesa, todavía queda una vía antes de ir directos al juzgado: la mediación mercantil. Un procedimiento voluntario, confidencial y mucho más ágil que un pleito, en el que un mediador acreditado ayuda a los socios a negociar una salida —ya sea la continuidad del proyecto con nuevas reglas, la salida ordenada de uno de ellos o la disolución pactada— sin desgastar la relación ni el negocio más de lo necesario. En muchos casos, si el pacto de socios incluye una cláusula de sumisión previa a mediación, ese primer paso queda ya obligado antes de litigar, lo que suele acelerar y abaratar mucho la solución.
¿Necesitas un pacto de socios o un protocolo familiar?
Que quede claro: no hace falta ser Cristiano Ronaldo para necesitar un pacto de socios, igual que no hace falta ser millonario para firmar capitulaciones matrimoniales. Hace falta, simplemente, sentido común y algo de humildad para reconocer que ninguna relación —ni sentimental ni empresarial— está libre de que las cosas se tuerzan, y que hablar de ello con calma, por escrito y a tiempo, no es desconfianza: es protección mutua.
Así que ya saben, si están a punto de montar una empresa con alguien —amigo, familiar, pareja o socio recién conocido en una feria del sector— no esperen a que aparezca la primera desavenencia para hablar de estas cosas. Hagan como Cristiano y Georgina: fírmenlo cuando todavía se quieren bien.
Este artículo tiene una finalidad divulgativa y no constituye asesoramiento jurídico personalizado. En Globalway Abogados diseñamos a medida pactos de socios, protocolos familiares y procesos de mediación mercantil para empresas y despachos que quieren prevenir el conflicto antes de que aparezca. Si estáis pensando en constituir una sociedad con socios, o ya estáis dentro de una y no tenéis nada firmado, contactad con nosotros y lo revisamos juntos.