Shakira gana a Hacienda

La carga de la prueba es de Hacienda, y no cabe invertirlo.

Shakira vs hacienda, solo quien está convencido del asesoramiento recibido no se rinde.

La Audiencia Nacional acaba de anular una liquidación y sanción de 55 millones de euros que la Agencia Tributaria y la Agencia Tributaria de Cataluña habían impuesto a Shakira por IRPF e Impuesto sobre el Patrimonio del ejercicio 2011. La Sala de lo Contencioso-Administrativo, en sentencia de 15 de abril de 2026 (SAN 1851/2026), concluye algo que rara vez se dice con esta claridad: fue la Administración la que no cumplió su carga de la prueba, no la contribuyente.

Lo que dice la sentencia:

Hacienda sostenía que la cantante había sido residente fiscal en España en 2011 y que, por tanto, debía tributar aquí por su renta mundial. El artículo 9.1 de la Ley 35/2006 del IRPF fija el criterio central: se es residente si se permanece más de 183 días al año en territorio español. La propia Administración, sumando días "certificados" y días "presuntos" (una doctrina del TEAC que permite contar como presencia en España los días intermedios entre dos días probados), solo llegó a acreditar 163 días — 20 por debajo del umbral legal.

La Sala lo dice sin rodeos: si la propia Administración admite que no llega a los 183 días, "es obvio que las liquidaciones que nos ocupan y las consiguientes sanciones son contrarias a Derecho". No hubo núcleo familiar en España en 2011 (no existía vínculo conyugal, solo una relación sentimental, que el tribunal no equipara a residencia), ni el centro de sus actividades económicas radicaba aquí. El certificado de residencia en Bahamas, que la Inspección había descartado, resultó ser al menos un indicio relevante que Hacienda no logró desmontar con hechos.

Resultado: anulación íntegra de liquidaciones y sanciones (IRPF e IP 2011), devolución de lo ingresado con intereses legales, y costas a cargo de la Administración. Toda una ironía para el organismo que factura sus propios recargos por "días de retraso" al céntimo.

No es un caso aislado

El de Shakira no es un caso suelto. En los últimos años, varios personajes públicos han conseguido que los tribunales corrijan a Hacienda:

Xabi Alonso Absuelto de fraude fiscal por la cesión de sus derechos de imagen (ejercicios 2010-2012); confirmado por el Tribunal Supremo tras el recurso de la Abogacía del Estado. Además, la Audiencia Nacional rechazó por separado otra reclamación de Hacienda de 288.000 € por su etapa en el Real Madrid.

Gerard Piqué — El Tribunal Supremo anuló una multa de 2,1 millones de euros derivada de una liquidación de IRPF de los ejercicios 2008 a 2010.

James Rodríguez — La Audiencia Nacional falló a su favor frente a una reclamación de Hacienda; la Administración tuvo que devolverle más de 3 millones de euros y anular las sanciones.

Borja Thyssen y Blanca Cuesta — Absueltos en 2023 de un presunto fraude de más de 336.000 € por la venta de su mansión de Ibiza; el tribunal no vio simulación de negocio jurídico.

Sito Pons (expiloto de motociclismo) — Absuelto en 2022 por la Audiencia de Barcelona, que le pedía 24 años de prisión; se acreditó su residencia fiscal en Mónaco y luego en Reino Unido entre 2010 y 2014.

Dani Pedrosa — La Audiencia Nacional le dio la razón y obligó a Hacienda a devolverle 3 millones de euros correspondientes a su residencia en Reino Unido.

Andrés Iniesta — El Tribunal Supremo tumbó el recurso de Hacienda que reclamaba 4,3 millones de euros de IRPF de los ejercicios 2014-2015.

Son ejemplos de un patrón que vemos con frecuencia en nuestra práctica: Hacienda regulariza primero y exige después a los tribunales que confirmen su tesis, y en no pocas ocasiones esa tesis no resiste el análisis judicial cuando hay una defensa técnica sólida detrás.

El otro dato: no siempre se aguanta la presión

Conviene no idealizar el resultado. La propia Shakira, en 2023, aceptó un acuerdo con la Fiscalía por otro procedimiento —relativo a los ejercicios 2012-2014— en el que reconoció los cargos y asumió el pago, evitando así un juicio penal con riesgo de prisión. Ella misma explicó después, en declaraciones a El Mundo, que lo más frustrante fue sentir que una institución del Estado parecía más interesada en "castigarla públicamente" que en escuchar sus razones.

El caso Nummaria ofrece el mismo contraste dentro de un único procedimiento. Imanol Arias, ante una acusación que llegó a pedir penas muy elevadas, pactó con la Fiscalía Anticorrupción una condena de 2 años y 2 meses para cerrar el proceso. Su compañera de reparto, Ana Duato, sostuvo su inocencia hasta el final y fue absuelta en primera instancia en julio de 2025 —pese a que la Fiscalía había pedido 22 años de cárcel para ella— aunque esa absolución está ahora pendiente de repetirse en juicio tras el recurso de la Abogacía del Estado.

Estos episodios ilustran algo que repetimos a menudo a nuestros clientes: la presión de un procedimiento de Hacienda es real, y no todo el mundo tiene la capacidad —económica, emocional o de tiempo— de aguantar años de litigio para demostrar que tenía razón. Muchas regularizaciones se "ganan" por desgaste del contribuyente, no por solidez jurídica de la Administración. Ahí es donde un asesoramiento fiscal y procesal desde el primer día —antes de aceptar nada— marca la diferencia entre pagar una cantidad que no se debía o defender la posición con las herramientas correctas.

Hacienda carga a empresas y autónomos con obligaciones injustas, daña el tejido empresarial y la seguridad jurídica

Shakira tiene recursos para litigar diez años y ganar. La inmensa mayoría de autónomos y pymes, no. Y el patrón se repite también en el trato ordinario a las empresas, no solo en los expedientes millonarios de famosos.

El caso más flagrante es el IVA de facturas impagadas. El artículo 80.Cuatro LIVA permite recuperar el IVA que un empresario ingresó a Hacienda por una factura que su cliente nunca le pagó —el impuesto se devenga al facturar, no al cobrar—. Pero para recuperarlo, Hacienda exige plazos rígidos, reclamación judicial o notarial. El Tribunal Supremo lo dijo sin ambigüedad en junio de 2022: exigir "requisitos formales extremos, rigurosos o el empleo de fórmulas solemnes" contradice el principio de neutralidad del IVA que impone el TJUE. Hacienda flexibilizó la norma a regañadientes en 2022-2023, y el propio Supremo sigue resolviendo en 2025 sobre restricciones que la doctrina fiscal califica de "cuestionables a la luz de la prolija jurisprudencia del TJUE". Es decir: Hacienda sabía que exigía de más, y solo cedió lo justo para no perder en los tribunales.

El otro ejemplo es más burdo todavía: España es el único país de la UE que no ha transpuesto el régimen de franquicia de IVA para pequeñas empresas (Directiva 2020/285), pese a que el plazo venció el 31 de diciembre de 2024. La Comisión Europea ya ha llevado el caso al Tribunal de Justicia de la UE, y la multa diaria acumulada por el incumplimiento supera ya los 17,5 millones de euros —que paga el contribuyente, no el funcionario que decidió ignorar la directiva.

Y sorprende el contraste con este mismo año, en el que apenas ha habido semana sin un nuevo caso de presunto tráfico de influencias, comisiones irregulares o subvenciones adjudicadas de forma opaca, con movimientos de dinero lo bastante visibles como para llenar portadas durante meses. Con ese rastro económico de por medio, cabría esperar una maquinaria inspectora igual de diligente. Sin embargo, es el pequeño empresario que reclama el IVA de una factura impagada —dinero que ya adelantó de su bolsillo— quien debe iniciar una auténtica travesía del desierto burocrática para recuperar lo que es suyo.

En ambos casos el mensaje de fondo es el mismo: quien tiene detrás una estructura y un abogado que conoce la norma, recupera lo que le corresponde. Quien no, asume la pérdida y el trámite le disuade antes de intentarlo. Eso no es un fallo puntual; es un patrón que erosiona la confianza de empresas y autónomos en el sistema.

En el terreno mediático, la propia sentencia de Shakira ha reavivado un debate sobre el funcionamiento de los incentivos internos de la Inspección. Un abogado especializado en litigios fiscales internacionales llegó a calificar el sistema de bonus ligado a las liquidaciones practicadas por los inspectores como una dinámica "de mafia", en declaraciones recogidas por Libre Mercado a raíz de este caso. Es una opinión, no una calificación jurídica, pero refleja una crítica cada vez más extendida entre profesionales del sector sobre los incentivos que puede generar ese modelo.

La conclusión práctica

Casos como este —y como los de Xabi Alonso, Iniesta, Piqué o Ana Duato— dejan una lección clara para cualquiera que se enfrente a una regularización de Hacienda, ya sea por residencia fiscal, por estructuras societarias o por cualquier otro motivo: la carga de la prueba, en materia de residencia fiscal, recae sobre la Administración, no sobre el contribuyente. Que Hacienda abra un expediente y liquide una cantidad millonaria no significa que tenga razón, y no significa que haya que asumirlo. Significa que hay que analizar el expediente con rigor técnico, contar los días exactos, revisar los indicios que la Inspección da por probados sin estarlo, y —cuando el caso lo merece— sostener el litigio hasta el final.

¿Tu empresa tiene facturas impagadas con el IVA ya ingresado a Hacienda? No dejes que ese dinero se quede atrapado por un trámite burocrático. En Globalway Abogados gestionamos la recuperación del IVA repercutido en facturas incobrables y la reclamación de la morosidad de tus clientes, de principio a fin: desde el requerimiento de pago hasta la rectificación de la factura ante Hacienda, dentro de los plazos que la ley exige.

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