¿Tu empresa está protegida frente a la morosidad? Descubre con un simple test si puedes cobrar tus deudas a corto o medio plazo
Acabamos de lanzar un diagnóstico gratuito de morosidad: treinta preguntas, entre siete y nueve minutos, que dicen algo que casi ninguna empresa sabe con certeza, cómo de expuesta está a no cobrar lo que factura.
Lo hemos hecho porque la morosidad casi nunca se detecta a tiempo. Se convive con ella como si fuera una fatalidad del sector, cuando en realidad es un riesgo que se puede medir. El test analiza cómo se pactan los plazos de pago, cómo se reacciona ante una factura vencida y en qué momento se empieza a actuar, y devuelve un índice de solidez frente a la morosidad junto con las señales de alerta detectadas.
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Conviene recordarlo: la ley pone plazos y consecuencias muy concretas sobre la mesa. La Ley 3/2004, de 29 de diciembre, fija en su artículo 4 un plazo de pago de 30 días naturales desde la entrega o la prestación del servicio, ampliable por pacto hasta un máximo de 60. Superado ese plazo, el deudor entra en mora sin necesidad de reclamación previa, y el acreedor tiene derecho a 40 euros fijos por costes de cobro (art. 8), además de los costes que pueda acreditar, más el interés de demora vigente, que este segundo semestre de 2026 es del 10,40%. Son cifras concretas, no una cuestión de suerte.
El Observatorio de Morosidad de CEPYME calculaba, para el segundo semestre de 2025, que solo el 30,4% de los importes facturados en España se cobra puntualmente o por anticipado. Con esos números, hacer el diagnóstico deja de ser un capricho y pasa a ser una forma barata de saber dónde está el problema antes de que se convierta en una deuda incobrable.
Son siete minutos. Y en algunos casos, el resultado apunta a algo que va más allá de la tesorería: la responsabilidad personal de quien administra la empresa.