LEC, empresas Y MASC ( Métodos Alternativos de Solución de Conflictos)

RECLAMAR A TRAVES DE UN MASC
Métodos Adecuados de Resolución de Conflictos

La reforma de la LEC y la obligación del MASC: un cambio en la resolución de conflictos

El acceso a la justicia en España ha dado un giro significativo con la reciente reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), que introduce un nuevo requisito de procedibilidad: la necesidad de acudir a un Medio Adecuado de Solución de Controversias (MASC) antes de interponer una demanda. Este cambio legislativo, materializado en la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, busca descongestionar los tribunales, fomentar la negociación entre las partes y potenciar la justicia extrajudicial como una vía eficaz y sostenible.

Los MASC incluyen herramientas como la mediación, la conciliación, la oferta vinculante confidencial, la opinión de un experto independiente y el derecho colaborativo, todas diseñadas para resolver disputas de manera más ágil. La finalidad de la reforma es clara: reducir la litigiosidad innecesaria, mejorar el acceso a la justicia y promover acuerdos que beneficien a ambas partes, evitando los altos costes y tiempos de los procedimientos judiciales.

Los MASC como requisito de procedibilidad

Para que una demanda sea admitida, se exige que las partes acrediten haber intentado previamente una solución extrajudicial a través de alguno de los métodos reconocidos legalmente. Esto implica la modificación de los artículos 399.3 y 402.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, estableciendo la obligación de adjuntar a la demanda un documento que justifique el intento de negociación.

Tipos de MASC

Los MASC a los que se puede acudir antes de interponer una demanda incluyen:

  • Mediación (Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles, y normativa autonómica aplicable).
  • Conciliación, ya sea pública o privada.
  • Oferta vinculante confidencial, cuya aceptación es irrevocable.
  • Opinión neutral de un experto independiente, con dictamen jurídico o técnico confidencial y no vinculante.
  • Negociación entre las partes, con asistencia letrada si es preceptivo.
  • Derecho colaborativo y justicia restaurativa, mecanismos introducidos por la Ley Orgánica 1/2025.

Regulación legal y acreditación del proceso

El artículo 5.1 de la Ley Orgánica 1/2025 establece que el uso de los MASC será obligatorio en el orden jurisdiccional civil y mercantil, abarcando conflictos nacionales y transfronterizos.

El artículo 264.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil exige que, cuando sea obligatorio, se adjunte a la demanda el documento que acredite el intento de negociación o, en su defecto, una declaración responsable justificando la imposibilidad de su realización.

Si no se justifica este requisito, el artículo 403.2 de la LEC prevé la inadmisión de la demanda.

Cuando hay varios demandados: el MASC se exige a cada uno por separado

Un matiz especialmente relevante que muchos acreedores pasan por alto: cuando la reclamación se dirige contra varios responsables solidarios —por ejemplo, contra una empresa deudora y, simultáneamente, contra su administrador—, el cumplimiento del requisito de MASC no se valora en conjunto, sino de forma individualizada respecto a cada demandado.

Así lo ha confirmado la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 1ª), en su Auto 105/2026, de 16 de marzo: la falta de negociación previa frente a uno de los codemandados no arrastra la inadmisión de toda la demanda, pero sí conlleva la inadmisión respecto de ese demandado concreto al que no se dirigió el intento de MASC. Lo explicamos con más detalle en «¿Qué dice la Audiencia Provincial sobre MASC solidarios?».

Ámbito de aplicación y confidencialidad

Los MASC son de aplicación en asuntos civiles y mercantiles, incluidos los conflictos transfronterizos, quedando excluidos los ámbitos penal, laboral y concursal, así como los litigios en los que participe el sector público.

Los procesos son confidenciales, y los acuerdos alcanzados pueden formalizarse mediante escritura pública o ser homologados judicialmente, dotándolos de fuerza ejecutiva.

Uso de medios telemáticos

Se fomenta el uso de medios telemáticos para el desarrollo de los procesos negociadores, especialmente en reclamaciones de menor cuantía, con el objetivo de hacer más accesible la justicia a empresas y ciudadanos.

Efectos de la apertura y terminación de la negociación

  • Interrupción de la prescripción y suspensión de la caducidad: la solicitud de inicio de un proceso de negociación interrumpe la prescripción y suspende la caducidad de acciones desde que consta el intento de comunicación hasta la firma del acuerdo o la finalización sin acuerdo.
  • Plazo para interponer demanda: si no hay acuerdo, la demanda debe presentarse en el plazo de un año desde la terminación del proceso negociador. En caso de medidas cautelares, el plazo se reduce a veinte días.

Cómo lo hacemos en Globalway Abogados

Contamos con herramientas propias para la resolución extrajudicial de conflictos, con sistemas de trazabilidad y generación documental que garantizan que el intento de MASC quede correctamente acreditado —incluyendo, cuando la estrategia lo requiere, dirigido a todos los responsables solidarios que puedan acabar siendo parte del procedimiento. Disponemos además de mediadores propios para ayudar a resolver conflictos extrajudicialmente y certificar los intentos de acuerdo.

Si necesitas asesoramiento sobre cómo cumplir con esta nueva normativa y gestionar de manera efectiva la resolución de conflictos en tu empresa, contáctanos hoy mismo.

Globalway Abogados Especialistas en derecho mercantil y de empresa

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