Cobrar y reclamar

Cobro de facturas impagadas

Recuperamos el dinero que le deben: reclamación y MASC, demanda, embargo y, si la empresa deudora no tiene bienes, reclamación al administrador. En toda España, con presupuesto cerrado desde 1.100 €.

  1. Cobrar la deuda completa

    No solo la factura: también los intereses de demora de la Ley 3/2004, 40 € por cada factura impagada y los costes de cobro acreditados. Cuanto antes se reclama, más posibilidades hay de cobrar.

  2. Recuperar el IVA

    Reclamar a tiempo permite recuperar el IVA que ya adelantó por las facturas impagadas. Lo revisamos desde el primer día, en paralelo a la reclamación.

  3. Si no hay bienes, el administrador

    Si la empresa deudora no tiene con qué pagar, estudiamos reclamar la deuda personalmente a su administrador (art. 367 LSC).

Cómo recuperamos sus facturas impagadas, paso a paso

Cada impago es distinto, pero el camino para cobrarlo sigue un orden. Le acompañamos en todo él y le decimos desde el principio qué vía conviene y qué puede esperar recuperar.

  1. Estudiamos el caso y al deudor. Revisamos facturas, albaranes, contrato o pedidos y las comunicaciones, y comprobamos si el deudor —y su administrador— tiene bienes con los que responder. Con eso le damos un presupuesto cerrado.
  2. Reclamamos y hacemos el MASC obligatorio. Desde la LO 1/2025, antes de demandar hay que intentar un medio adecuado de solución de controversias (negociación, mediación o conciliación). Lo planteamos para que presione al deudor y deje acreditado el requisito. Muchos impagos se cobran en esta fase, sin juicio.
  3. Si no paga, demandamos. Juicio verbal hasta 15.000 € y ordinario por encima; juicio cambiario si hay letra o pagaré, y ejecución directa si la deuda consta en escritura pública. El monitorio, cuando todavía compensa.
  4. Ejecutamos la sentencia. Con la resolución a su favor, pedimos el embargo de cuentas, créditos y bienes del deudor.
  5. Si la empresa deudora no tiene bienes, vamos contra el administrador. Si la sociedad estaba en causa legal de disolución y su administrador no actuó como exige la ley, responde personalmente de las deudas sociales (art. 367 LSC). Es una vía que hemos utilizado con éxito en numerosos procedimientos de morosidad.

Qué puede reclamar, además de la factura

  • Intereses de demora de la Ley 3/2004 de lucha contra la morosidad: tipo del BCE más 8 puntos en operaciones entre empresas, muy por encima del interés de cualquier banco.
  • 40 € fijos por cada factura impagada, automáticos y sin necesidad de justificarlos (art. 8 Ley 3/2004). El Tribunal Supremo ha confirmado que se aplican por cada factura, no por el total de la deuda.
  • Los costes de cobro acreditados que superen esos 40 €, con el límite del 15 % de la deuda.
  • El IVA que ya adelantó a Hacienda por las facturas impagadas, en los supuestos que prevé la ley.

Recupere el IVA de las facturas que no le pagan

Cuando una factura no se cobra, la empresa pierde dos veces: no cobra y ya ha ingresado el IVA. Ese IVA se puede recuperar, pero no hay un plazo sino dos, y perder cualquiera de ellos supone perder el dinero. Por eso lo revisamos desde el primer día, en paralelo a la reclamación. Cómo funciona la recuperación del IVA.

Qué necesitamos para empezar

  • Las facturas impagadas y, si los hay, los albaranes de entrega.
  • El contrato, los pedidos o el presupuesto aceptado.
  • Las comunicaciones con el deudor: correos, mensajes, burofax o reconocimientos de la deuda.
  • Los datos del deudor (razón social y domicilio) y la fecha de vencimiento de cada factura, que marca los plazos del IVA.

Con eso basta para decirle qué vía conviene y si aún está a tiempo de recuperar el IVA.

Honorarios

Presupuesto cerrado desde 1.100 €, sin sorpresas. Primera consulta: 110 €. Parte de lo que cuesta reclamar puede repercutirse al deudor: los 40 € por factura y los costes de cobro acreditados.

Por qué Globalway Abogados

  • Desde 2006 reclamando facturas impagadas para empresas y autónomos, en Barcelona y en toda España.
  • Formación procesal: cuando un impago no se resuelve por la vía amistosa, es donde marca la diferencia.
  • Experiencia en reclamar al administrador cuando la empresa deudora ya no tiene nada que embargar.

Preguntas frecuentes sobre el cobro de facturas impagadas

¿Cuánto cuesta reclamar una factura impagada?

Trabajamos con presupuesto cerrado desde 1.100 €, y la primera consulta cuesta 110 €. Además, la ley permite reclamar al deudor 40 € por cada factura y los costes de cobro acreditados, con el límite del 15 % de la deuda.

¿Es obligatorio intentar un acuerdo antes de demandar?

Sí. Desde la LO 1/2025, antes de acudir a los tribunales hay que intentar un MASC —negociación, mediación o conciliación— como requisito para poder demandar. Si no prospera, se acredita el intento y se presenta la demanda.

¿Sigue sirviendo el procedimiento monitorio?

Ha perdido buena parte de su sentido, porque el monitorio nacional también exige el intento previo de MASC (solo el monitorio europeo queda fuera). Aun así, sigue siendo útil en casos concretos: para recuperar el IVA, para interrumpir la prescripción o para localizar el domicilio del deudor y de su administrador. Cuándo compensa todavía.

¿Qué pasa si la empresa deudora no tiene bienes?

No hay que dar la deuda por perdida. Si la sociedad estaba en causa legal de disolución y el administrador no actuó como exige la ley, puede responder personalmente de las deudas (art. 367 LSC). Reclamación al administrador.

¿Puedo reclamar una deuda pequeña sin abogado?

Por debajo de 2.000 € la ley permite reclamar sin abogado ni procurador. Le decimos con franqueza si en su caso le compensa hacerlo por su cuenta. Reclamar facturas sin abogado.

¿Trabajan fuera de Barcelona?

Sí. Reclamamos facturas impagadas para empresas y autónomos de toda España.

¿Tiene facturas sin cobrar?

Cuéntenos la cuantía y la fecha de las facturas. Le diremos qué vía conviene, cuánto puede recuperar y si aún está a tiempo de recuperar el IVA.

Reclamar mis facturas

Más guías y casos sobre cobro de facturas y morosidad en el blog: Morosidad y cobro

¿Tienes facturas impagadas?

Indícanos la cuantía y la fecha de las facturas: con eso te decimos qué vía conviene y si aún puedes recuperar el IVA.