FASHION LAW

¿Adidas o Munich? ¿Qué marca es? ¿Existe riesgo de confusión?

Unas zapatillas Adidas con bandas cruzadas en el talón abren el debate sobre la marca de posición de Munich, el riesgo de confusión y cómo actuar ante copias.

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Lo que descubrí por casualidad

Hace unos días me fijé en unas zapatillas adidas. En el talón llevaban un aspa que recordaba a la X de Munich, aunque se trataba de un calzado de la marca de las tres bandas.

Eran unas adidas Tokyo W. Al analizar su diseño, se constata que la cruz en el talón forma parte del modelo Tokyo desde los Juegos Olímpicos de 1964 (The Dassler), concebida como refuerzo estructural.

Este supuesto plantea un debate técnico sobre el alcance de una marca de posición en zapatillas cuando convive con otros signos notorios en un mismo producto.

Qué protege la marca de posición en zapatillas de Munich

Munich cuenta con el registro de la marca nacional M2999664, que ampara dos líneas cruzadas en forma de X en los laterales de una zapatilla. El Tribunal Supremo la asimila a una marca de posición.

En estos registros, la protección no deriva únicamente del dibujo bidimensional, sino de su ubicación física exacta sobre el producto puesto a la venta en el mercado.

El artículo 34 de la Ley 17/2001 de Marcas concede a su titular el derecho exclusivo en el tráfico económico. Prohíbe a terceros usar signos semejantes si existe riesgo de confusión o de asociación en el público.

¿Puede inducir a error?

Desde una perspectiva jurídica, el análisis comparativo presenta argumentos contrapuestos para determinar si concurre o no infracción marcaria.

A favor de Munich, ambas firmas operan en el calzado deportivo y urbano, y los tribunales reconocen la notoriedad del aspa en dicho sector.

En contra de la infracción, concurren tres factores: el registro protege la X en el lateral y no en el talón; la zapatilla exhibe con notoriedad las tres bandas y el logo de adidas; y el diseño data de 1964.

Elemento a valorarA favor de MunichEn contra de Munich
Tipo de productoMismo sector (calzado)Ninguno
Ubicación del signoSímbolo cruzado visibleEn el talón, no en el lateral
Distintividad globalAspa notoria en zapatillasTres bandas y logo adidas patentes
Origen del diseñoNingunoCruz en el talón de la Tokyo desde 1964

Lo que han dicho los tribunales

Los tribunales han delimitado el alcance de la marca del aspa en diversos litigios. La STS 860/2025, de 28 de mayo (ECLI:ES:TS:2025:2486), determinó que la notoriedad de la marca nacional M2999664 no confiere una exclusiva fuera de su posición específica.

En Europa, el Tribunal General confirmó el uso real de la marca (asunto T-68/16), avalado por el TJUE (asunto C-223/18 P), ratificando su distintividad en la sentencia de 4 de mayo de 2022 (asunto T-117/21).

Ilustración en acuarela de una marquesina en el Passeig de Gràcia con una zapatilla y un signo de interrogación

Cómo proteger su marca si la detecta en un producto ajeno

Si dirige una empresa de moda y detecta un diseño que reproduce o imita sus signos distintivos, actúe con cautela y rigor procesal:

  1. No publique acusaciones en redes sociales. Denunciar públicamente una supuesta copia sin resolución previa puede constituir denigración según el artículo 9 de la Ley 3/1991 de Competencia Desleal.
  2. Adquiera el producto y conserve la prueba. Compre el artículo en un canal oficial y conserve la factura detallada. En nuestro artículo sobre cómo gestionar reclamaciones online analizamos la trazabilidad documental.
  3. Levante acta notarial. Documente el producto, embalaje y etiquetado para acreditar fehacientemente la venta del signo infractor en el comercio físico o digital.
  4. Revise sus títulos y asesórese legalmente. Verifique la vigencia de sus marcas en la OEPM o EUIPO y valore con un letrado si procede accionar por marca, diseño o competencia desleal.

Qué es la acción de cesación y cuánto tiempo tiene para reclamar

La acción principal es la de cesación: solicitar judicialmente que el infractor deje de utilizar su signo (art. 41.1 a) de la Ley de Marcas), junto con la retirada de productos y la indemnización de daños.

El artículo 44 de la Ley de Marcas permite al juzgado fijar una indemnización coercitiva de al menos 600 euros por día transcurrido hasta que cese de forma efectiva la infracción.

Conforme a la Ley Orgánica 1/2025, antes de demandar es preceptivo acudir a un medio adecuado de solución de controversias (MASC), trámite que interrumpe la prescripción. En contratos mercantiles resulta clave fijar una cláusula penal frente al uso indebido de signos corporativos.

Determinar el alcance de una marca de posición exige evaluar la ubicación del signo, su grado de notoriedad y el riesgo real de confusión en el mercado.

Si detecta un uso no autorizado de sus signos distintivos, le asesoramos en el área de marcas y licencias en moda. Asimismo, acompañamos a firmas textiles a la hora de reclamar facturas impagadas de sus distribuidores.

Para analizar su caso concreto, puede ponerse en contacto con Globalway Abogados llamando al +34 932 418 535, escribiendo por WhatsApp al +34615362563 o mediante correo a administracion@gwabogados.es.

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