MOROSIDAD

Requisitos del MASC para su validez: exclusiones y cómo acreditarlo

Desde 2025 ya no basta con tener razón para demandar: primero hay que intentarlo por otra vía. Esto es lo que exige la ley y cómo cumplirlo sin errores que te cierren la puerta del juzgado.

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MASC ELEMENTOS ESENCIALES DEL INTENTO DE MEDIACIÓN O ACUERDO

Reglas generales y excepciones.

Desde 2025 ya no basta con tener razón para demandar: primero hay que intentarlo por otra vía. Esto es lo que exige la ley y cómo cumplirlo sin errores que te cierren la puerta del juzgado.

Qué es el MASC y desde cuándo es obligatorio

Los MASC (Medios Adecuados de Solución de Controversias) son, según la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, toda actividad negociadora a la que las partes acuden de buena fe para resolver un conflicto sin llegar a juicio: negociación entre abogados, mediación, conciliación u otros mecanismos similares.

Desde el 3 de abril de 2025, acudir a un MASC antes de demandar es requisito de procedibilidad (art. 5.1 LO 1/2025): si no lo acreditas, el juzgado puede inadmitir la demanda directamente.

Cuándo es obligatorio

El artículo 5.2 LO 1/2025 lo exige en los procesos declarativos del Libro II de la LEC (juicio ordinario y juicio verbal) y en los procesos especiales del Libro IV — es decir, la inmensa mayoría de los asuntos civiles y mercantiles: reclamaciones de cantidad, contratos, arrendamientos, propiedad horizontal, buena parte del derecho de familia.

Cuándo NO es obligatorio

El artículo 5.3 LO 1/2025 excluye expresamente, entre otros:

  • Las demandas ejecutivas.
  • Las solicitudes de medidas cautelares previas a la demanda.
  • Las diligencias preliminares.
  • Los expedientes de jurisdicción voluntaria (con alguna excepción).
  • El requerimiento europeo de pago.
  • La tutela de derechos fundamentales.
  • El juicio cambiario.
  • Los procedimientos sumarios de recuperación de la posesión (interdictos).
  • Los procesos de filiación y la sustracción internacional de menores.

A esto se suma el artículo 3 LO 1/2025: la ley no se aplica en materia laboral, penal ni concursal, ni cuando una de las partes pertenece al sector público.

Cómo se acredita el intento de MASC

El artículo 10 LO 1/2025 exige constancia fehaciente del envío, la recepción y el contenido de la propuesta de negociación. Los medios más seguros son el burofax con acuse de recibo, el requerimiento notarial o el correo certificado. Pero no son los únicos.

El correo electrónico también vale — si es tu canal habitual

Aquí está el matiz que más está dando que hablar entre juzgados desde que entró en vigor la ley: el correo electrónico simple sí es válido, pero no siempre. El criterio que se ha ido consolidando entre juntas de jueces y letrados de la Administración de Justicia —y confirmado por resoluciones como el auto de la Audiencia Provincial de Málaga (Sección 6ª) 388/2025, de 23 de julio— es que el email cuenta como MASC válido cuando ha sido el canal de comunicación habitual entre las partes, normalmente exigiendo constancia de varias comunicaciones previas por esa misma vía antes del conflicto.

Dicho de otro modo: un correo aislado, enviado a una dirección que nunca se había usado antes, puede no bastar. Pero si ese email ya era el cauce por el que la relación comercial se desarrollaba habitualmente, sí sirve.

Por qué en Globalway Abogados lo hemos llevado a las facturas

Precisamente por este matiz, en Globalway Abogados hemos recomendado a nuestros clientes que sus facturas incluyan expresamente la dirección de correo electrónico que se utiliza como canal de comunicaciones habitual con cada cliente o proveedor. No es un capricho administrativo: si el día de mañana hay que acreditar ante un juzgado que ese email era el canal habitual entre las partes —y no un correo enviado ex profeso para cumplir el trámite—, tener esa dirección reflejada de forma constante en la documentación comercial (facturas, presupuestos, contratos) refuerza muchísimo esa prueba.

Es una recomendación sencilla, prácticamente sin coste, que puede evitar que una demanda perfectamente fundada se inadmita por no haber acreditado bien el paso previo.

La cara buena: la oportunidad de hacerlo bien desde el principio

Ahora bien, esta exigencia no es solo una traba. El artículo 5.1 LO 1/2025 exige que exista identidad entre el objeto de la negociación del MASC y el objeto del pleito que se presente después: no vale negociar sobre una cosa y demandar sobre otra. Esto convierte el MASC en algo más que un trámite burocrático — es, de hecho, el primer boceto del futuro pleito.

De ahí la importancia de hacerlo con abogado desde el primer momento, y no como un mero formalismo previo a demandar. Un MASC bien planteado —con el objeto de la controversia correctamente delimitado, con las comunicaciones documentadas de forma que sirvan como prueba, y con una negociación seria en vez de un burofax de trámite— no solo cumple el requisito: sienta las bases jurídicas y probatorias del litigio que pueda venir después, y en no pocos casos evita que llegue a judicializarse. Hecho correctamente, acorta tiempos en vez de alargarlos.

De hecho el MASC ha significado el fin del procedimiento monitorio, ya que lo ha dejado sin contenido.

¿Tienes que reclamar una deuda o afrontar un conflicto contractual y no sabes por dónde empezar con el MASC? En Globalway Abogados lo planteamos bien desde el primer día, para que sirva de verdad — no solo para cumplir el trámite. Cuéntanos tu caso.

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